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CreaciónObjetivosComposiciónCreación, objetivos y composición
CREACIÓN

Art. 21 del Decreto Legislativo 2/2015 de 17 de noviembre.

Entre los objetivos que se contemplan en la Estrategia de Ordenación del Territorio del Gobierno de Aragón figura el de alcanzar el equilibrio demográfico que se concreta en mejorar la estructura poblacional de los asentamientos aragoneses.

Con la finalidad de adecuar la revisión del Plan Integral de Política Demográfica a un instrumento de planeamiento territorial, el Gobierno de Aragón la equiparó con una Directriz Especial, figura recogida en el artículo 21 del Decreto Legislativo 2/2015, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Ordenación del Territorio de Aragón redactándose la Directriz Especial de Política Demográfica y contra la Despoblación, aprobada mediante Decreto 165/2017, de 31 de octubre.

El Eje temático 9 de la Directriz contiene un conjunto de actuaciones de sensibilización sobre la problemática demográfica y poblacional existente en Aragón entre las que se encuentra, con carácter de norma, la creación del Observatorio Aragonés de Dinamización Demográfica y Poblacional.

OBJETIVOS

Los objetivos del Observatorio Aragonés de Dinamización Demográfica y Poblacional son los siguientes:

INFORMAR

Información actualizada, análisis y evolución de la realidad demográfica y poblacional de Aragón

SENSIBILIZACIÓN

Hacer patente y difundir la realidad demográfica y poblacional de Aragón

DIALOGO

Fomentar el diálogo y la coordinación permanente entre las Administraciones Públicas y organizaciones sociales representativas

COMPOSICIÓN

El Observatorio Aragonés de Dinamización Demográfica y Poblacional estará integrado por los siguientes miembros:

a) Presidencia. La persona titular del Departamento del Gobierno de Aragón competente en materia de ordenación del territorio.

b) Vicepresidencia. La persona que ocupe la Dirección General de Ordenación del Territorio.

c) Quince vocales en representación de las instituciones y entidades siguientes:

    • La persona nombrada por el Presidente del Gobierno de Aragón como comisionada para la lucha contra la despoblación.
    • Una persona en representación de cada una de las Diputaciones Provinciales.
    • Cuatro personas, en representación de las federaciones o asociaciones más representativas de las entidades locales aragonesas.
    • Una persona en representación de la Red Aragonesa de Desarrollo Rural.
    • Dos personas en representación de las organizaciones empresariales más representativas de la Comunidad Autónoma de Aragón.
    • Dos personas en representación de las organizaciones sindicales más representativas de la Comunidad Autónoma de Aragón.
    • Dos personas en representación de las organizaciones sindicales agrarias más representativas de la Comunidad Autónoma de Aragón.
    • Una persona en representación de la Confederación de Asociaciones Vecinales de Aragón.
    • Una persona en representación de cada uno de los Departamentos del Gobierno de Aragón.
    • Una persona en representación de la Universidad de Zaragoza.
    • Tres personas expertas designadas por quien ostente la titularidad del Departamento competente en materia de ordenación del territorio.

d) Las funciones de secretaría serán ejercidas por persona adscrita al régimen funcionarial en el Departamento competente en materia de ordenación del territorio.

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